GUÍA GRATIS

Guía de la Coordinación de Actividades Empresariales

La Coordinación de Actividades Empresariales como nunca antes te lo habían explicado, descubre con esta guía todo lo que necesitas saber para coordinarte de una manera práctica y eficaz con tus clientes y contratas.

Clarifica tus dudas con referencias legales, ejemplos reales y sentencias CAE comentadas por expertos CTAIMA, con más de 15 años de experiencia en el sector.

Coordinación de Actividades Empresariales

Rellena el formulario para descargar la guía.

INFORMACIÓN PROTECCIÓN DE DATOS DE GRUPO CTAIMA Finalidades: Responder a sus solicitudes y remitirle información comercial de nuestros productos y servicios, incluso por medios electrónicos. Derechos: Puede retirar su consentimiento en cualquier momento, así como acceder, rectificar, suprimir sus datos y demás derechos en delegado-datos@ctaima.com. Información Adicional: Puede ampliar la información en el enlace de Política de Privacidad.

¿Qué es la Coordinación de Actividades Empresariales?

La Coordinación de Actividades Empresariales obliga a las empresas a cumplir el Real Decreto 171/2004 con el fin de controlar las actividades que se originan por la confluencia de varios trabajadores de diferentes empresas en un mismo centro de trabajo, poniendo énfasis en los aspectos más críticos para garantizar una buena coordinación (deberes, obligaciones, medios, gestión documental y jurisprudencia).

De manera generalizada, la mayoría de las empresas recurren a la contratación de servicios diversos, ya sean propios o auxiliares, necesarios para el desarrollo de la actividad empresarial; siendo una práctica comúnmente extendida que actualmente está tomando una enorme dimensión.

Todo ello implica inevitablemente un entendimiento entre empresa contratante y contratista, no sólo en lo relacionado con la actividad propiamente dicha, sino también en materia preventiva, para minimizar y eliminar riesgos y dar cumplimiento a las exigencias que la legislación y normativa marcan.


Por lo tanto, podriamos definir a la Coordinación de Actividades Empresariales también conocida como(CAE) como las acciones de control que debe llevar a cabo una empresa, con el fin de prevenir riesgos laborales derivados de la contratación y subcontratación empresarial de trabajadores o empresas que confluyen en mismo centro de trabajo.

Coordinación de Actividades Empresariales

Conceptos básicos de la Coordinación de Actividades Empresariales

El Real Decreto 171/2004, en su artículo 2 establece tres definiciones de conceptos claves en coordinación empresarial: centro de trabajo, empresario titular y empresario principal.

A pesar de este apartado, son diversos los términos de uso común en las relaciones laborales a coordinar que necesitan ser definidos.
Hablamos de conceptos como “propia actividad”, “trabajador autorizado”, “centro de trabajo”, “concurrencia”, “vigilancia”, “información necesaria”, “responsabilidad solidaria”, “responsabilidad subsidiaria”, “trabajo especial”.

Definición de centro de trabajo

Cualquier área, edificada o no, en la que los trabajadores deban permanecer o a la que deban acceder por razón de su trabajo. Es el área definida en el contrato, donde la empresa contratista realizará la actividad que se le contrata.

Definición de concurrencia

La Concurrencia de empresas se produce cuando en un mismo centro de trabajo, existen una o más empresas desarrollando trabajos simultánea o sucesivamente, siendo tres los supuestos que define el RD 171/2004.

Definición de propia actividad

Definir la propia actividad del centro, es la forma de conocer cuáles son las obligaciones en Coordinación de Actividades Empresariales. En función de ello, el empresario adoptará el papel de empresario titular o principal.

Figuras de la Coordinación de Actividades Empresariales

En la Coordinación de Actividades Empresariales hay que tener presente que intervienen diferentes empresas con sus correspondientes obligaciones. Existen tres tipos de clasificaciones según tipología a definir y recursos

Según la posición en concurrencia

Según la posición en concurrencia desempeñada, el RD 171/2004 define tres supuestos para el empresario, donde podrá ser: empresario concurrente, titular o principal.

Según la relación laboral establecida

Según la relación laboral establecida en el estatuto de los trabajadores, las figuras empresariales se pueden dividir en: contratante, contratista, subcontratísta y trabajador autónomo.

Según competencias preventivas en CAE

Las figuras preventivas de relevancia en materia CAE son: comité de Seguridad y Salud, delegados de prevención, recurso preventivo y coordinador de actividades empresariales.

RD 171 / 2004 Desarrollo del art. 24 de la ley 31 / 1995 de Prevención de Riesgos Laborales

Empresario Concurrente

Trabajadores desarrollan actividades junto a otros simultaneamente

Empresario Titular

Dispone del centro a efectos de su mantenimiento, conservación, etc.

Empresario Principal

Existen empresas contratadas por él que realizan servicios propios de su actividad.

Medios de Coordinación de Actividades Empresariales

Conocidas las figuras intervinientes en la relación en concurrencia empresarial, derechos y deberes según el escenario, es necesario conocer los medios de coordinación que se disponen para cumplir el marco legal, así como cual es el más idóneo para realizar una gestión preventiva.

En sí medio de coordinación debe entenderse como toda medida, introducida en cualquiera de las etapas del proceso, destinada a garantizar la consecución de una coordinación de una forma eficiente. Dicho en otras palabras, estos medios deben favorecer el intercambio fluido de información entre las empresas concurrentes y facilitar las buenas prácticas.

Tipos de responsabilidades en Coordinación de Actividades Empresariales

El empresario concurrente tendrá diversos tipos de responsabilidades en materia fiscal, laboral y prevención de riesgos laborales.
La tipificación del grado de infracciones y sanciones aparece en el Real Decreto Ley 5/2000 de 4 de agosto de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social. A menudo se mezclan los conceptos de Responsabilidad solidaria y subsidiaria.

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA

El pago de los responsables solidarios se puede exigir de forma simultánea al deudor principal.


La obligación solidaria implica que se puede exigir a cada responsable solidario el total de la deuda.


Puede iniciarse proceso de cobro contra el responsable solidario sin que haya sentencia sobre el proceso de cobro al deudor principal.

RESPONSABILIDAD SUBSIDIARIA

El pago a los responsables subsidiarios sólo se puede exigir si la administración ha intentado sin exigir cobrar al deudor principal.


Implica que el responsable subsidiado tiene el deber de responder, pero no sólo si el deudor no lo hace.


No puede iniciarse proceso de cobro contra el responsable  subsidiario hasta que haya sentencia sobre el cobro contra el deudor principal.

El control documental en Coordinación de Actividades Empresariales

En un entorno preventivo cada vez más focalizado en reducir los altos índices de siniestralidad y evitar riesgos concurrentes cuando se subcontratan trabajos, los departamentos de Seguridad y Salud de las empresas han de afrontar, en general, una serie de situaciones que hacen que hoy en día la gestión documental de contratas sea uno de los aspectos a los que más recursos dedican las empresas si no disponen de una plataforma cae.


Documentos de empresa

Son aquellos documentos que detallan información de tipo laboral o preventiva relativa a la empresa contratista/subcontratista.
Esta documentación dependerá de la actividad de la empresa, del centro de trabajo donde se desarrolle la actividad, de la concurrencia que pueda presentar con otras empresas, del papel que tenga la empresa en el escenario de la CAE, de la propia actividad es decir, existen múltiples factores que influyen a la hora de solicitar la documentación.


Para que entendamos mejor esta documentación, procedemos a clasificar en dos grandes grupos:

La documentación administrativa
Es aquella documentación de órgano social / laboral. La relación de documentos que se incluyen en este grupo es:

  • Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social
  • Certificado de estar al corriente de pagos con la Agencia Tributaria
  • Modelo TC1 o antiguo RLC + Justificante de pago
  • Póliza de Responsabilidad Civil + Justificante de pago



La documentación preventiva
La documentación específica relativa a la actividad preventiva de la empresa. La relación de documentos que se incluyen en este grupo es:

  • Modalidad preventiva adoptada + Justificante de pago
  • Evaluación de riesgos y medidas preventivas
  • Planificación de la actividad preventiva
  • Mutua de accidentes
QUIÉNES SOMOS

CTAIMA es una empresa tecnológica líder al servicio de sus clientes que aporta soluciones integradas de transformación digital y consultoría en materia de gestión de contratistas, seguridad y salud en el trabajo, calidad y medio ambiente.

CONTÁCTANOS

España

Portugal

México

Colombia

Chile