Si te encuentras en España y deseas trabajar en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, el puesto de Técnico Intermedio de PRL podría ser el adecuado para ti. A continuación, detallamos las características, formación, responsabilidades, funciones y qué normativa debes cumplir para ejercer como Técnico Intermedio en PRL.

Características del Técnico Intermedio de PRL

El Técnico Intermedio en Prevención de Riesgos Laborales es un profesional especializado en la prevención de riesgos laborales en el ámbito empresarial. Se encarga de garantizar la seguridad y la salud laboral, identificando, evaluando y controlando los riesgos laborales. Además, colabora con la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) para garantizar la seguridad de los trabajadores en las empresas colaboradoras.

Formación del Técnico Intermedio de PRL

Para ejercer como Técnico Intermedio de PRL, es necesario contar con una formación especializada en prevención de riesgos laborales. Esta formación debe estar respaldada por una titulación oficial y homologada en España.

El Nivel Intermedio requiere una formación mínima de 300 horas y permite al técnico desempeñar funciones como:

  • La realización de evaluaciones de riesgos
  • Las propuestas para el control y reducción de riesgos
  • Informar y formar a los trabajadores
  • Vigilar el cumplimiento del programa preventivo
  • Efectuar actividades de control
  • Participar en la planificación de la actividad preventiva
  • Dirigir las actuaciones en caso de emergencia
  • Colaborar con los servicios de prevención

Responsabilidades y funciones del Técnico Intermedio de PRL

El Técnico Intermedio de PRL tiene un papel fundamental en el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales en la empresa.

Sus principales responsabilidades y funciones son:

  • Identificación de los riesgos laborales y evaluación de los mismos.
  • Diseño y ejecución de planes de prevención de riesgos laborales.
  • Realización de inspecciones y auditorías para garantizar el cumplimiento de la normativa en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  • Colaboración con la Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) para garantizar la seguridad de los trabajadores en las empresas colaboradoras.
  • Formación e información a los trabajadores sobre los tipos de riesgos laborales y las medidas preventivas.
  • Elaboración y actualización de la documentación necesaria para el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales, incluyendo la norma ISO 45001 2018.

Normativa para ejercer como Técnico Intermedio de PRL

La formación del personal trabajador en prevención de riesgos laborales se basa en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. El objetivo de esta ley de PRL es garantizar la protección de la salud de los trabajadores y establecer un nivel adecuado de protección frente a los riesgos asociados a las condiciones laborales.

El artículo 19 de la ley de PRL establece la obligación de proporcionar una formación teórica y práctica suficiente y adecuada en prevención de riesgos laborales, específica para cada puesto de trabajo o función.

En España, la normativa que regula la prevención de riesgos laborales es la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

La formación intermedia se regula en el artículo 36 del RSP y actualmente se requiere la obtención de un título de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales para ejercer funciones de nivel intermedio.

¿Qué establece la normativa en Coordinación de Actividades Empresariales?

La figura del Coordinador de Actividades Empresariales mencionada en el artículo 14 del RD 171/2004 deben tener al menos una formación de nivel intermedio.

¿Qué formación de prevención deben tener quienes se designen como recursos preventivos?

El recurso preventivo tiene la función de supervisar el cumplimiento de las medidas preventivas aplicables a las actividades concurrentes para los cuales han sido designados y detectar la falta de adecuación, insuficiencia o ausencia de dichas medidas preventivas.

La normativa en materia de prevención de riesgos laborales establece los requisitos que deben cumplir los recursos preventivos. Según el artículo 32 bis de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, estos deben contar con la capacidad suficiente y disponer de los medios necesarios para desempeñar su función de manera eficaz. Sin embargo, la ley no especifica cuál es la formación mínima que deben tener.

En general, se considera que el trabajador designado como recurso preventivo debe tener una formación de nivel básico, con una duración mínima de 30 horas en los casos no peligrosos y de 50 horas en las empresas que desarrollen actividades peligrosas o con riesgos especiales.

No obstante, existen dos excepciones a esta regla general:

  • En el caso de las obras de construcción, la formación de nivel básico debe ser no inferior a 60 horas.
  • Cuando se trata de trabajos peligrosos o con riesgos especiales, como los que implican peligros graves de caída, sepultamiento, ahogamiento, trabajos en espacios confinados o maquinaria sin marcado CE, la formación de nivel básico puede resultar insuficiente.

En estos casos, es necesario designar a un trabajador con formación de nivel intermedio o superior según el tipo de riesgo o proporcionar formación complementaria específica para cada riesgo. De esta forma, se asegura que el recurso preventivo tenga los conocimientos técnicos necesarios para detectar y prevenir estos riesgos de manera efectiva.

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