La identificación de riesgos para mejorar la sostenibilidad y aumentar la confianza de los inversores, los consumidores y la sociedad en general era uno de los principales objetivos marcados por la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos. Para conseguirlo, incrementa la divulgación de información no financiera por parte de las sociedades, como pueden ser los factores sociales y medioambientales.
Marina Beato
QEHS Senior Consultant, Legal & Compliance
Para cumplir con el objetivo de mejora de la transparencia de las sociedades anónimas cotizadas, en España, se establece que en el informe anual de gobierno corporativo se deberá incluir información no financiera o relacionada con la responsabilidad social corporativa.
Con el fin de que esta información no financiera divulgada sea coherente y comparable, las empresas deben preparar un estado de información no financiera que contenga información relativa, por lo menos a cuestiones medioambientales y sociales, relativas al personal, al respeto de los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción y el soborno.
En España, para incorporar esta obligación se ha modificado el Código de Comercio.
El Código de Comercio establece que toda sociedad dominante de un grupo de sociedades estará obligada a formular las cuentas anuales y el informe de gestión consolidados, con toda la información de las sociedades del grupo. En estas cuentas anuales consolidadas es donde se deberá incluir en el informe de gestión consolidado el estado de información no financiera consolidado. Esto será así, siempre que concurran los siguientes requisitos:

  1. Que el número medio de trabajadores empleados por las sociedades del grupo durante el ejercicio sea superior a 500.
  2. Que o bien, tengan la consideración de entidades de interés público de conformidad con la legislación de auditoría de cuentas, o bien, durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
    • Que el total de las partidas del activo consolidado sea superior a 20.000.000 de euros.
    • Que el importe neto de la cifra anual de negocios consolidada supere los 40.000.000 de euros.
    • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a doscientos cincuenta.

Si una sociedad deja de reunir estos requisitos durante dos ejercicios consecutivos no tendrá la obligación de elaborar el estado de información no financiera.
¿Cuál es el contenido estado de información no financiera?
El estado de información no financiera incluirá:

  1. Descripción del modelo de negocio del grupo
  2. Una descripción de las políticas que aplica el grupo respecto a dichas cuestiones (incluirá los procedimientos de diligencia debida o due diligence)
  3. Los resultados de esas políticas (indicadores clave no financieros)
  4. Los principales riesgos relacionados con esas cuestiones vinculados a las actividades del grupo
    e. Indicadores clave de resultados no financieros que sean pertinentes respecto a la actividad empresarial concreta, y que cumplan con los criterios de comparabilidad, materialidad, relevancia y fiabilidad.

El estado de información no financiera consolidado incluirá información significativa sobre las siguientes cuestiones:

  1. Información sobre cuestiones medioambientales: contaminación, economía circular y prevención y gestión de residuos, uso sostenible de los recursos, cambio climático, protección de la biodiversidad.
  2. Información sobre cuestiones sociales y relativas al personal: empleo, organización del trabajo, salud y seguridad, relaciones sociales, formación, accesibilidad universal de las personas con discapacidad, igualdad.
  3. Información sobre el respeto de los derechos humanos.
  4. Información relativa a la lucha contra la corrupción y el soborno.
  5. Información sobre la sociedad: compromisos de la empresa con el desarrollo sostenible, subcontratación y proveedores, consumidores, información fiscal.

Incluirá, además, cualquier otra información que sea significativa.
En el caso de que el grupo de sociedades no aplique ninguna política en alguna de las cuestiones anteriormente citadas, en el estado de información no financiera consolidado se incluirá una explicación clara y motivada al respecto. Este estado también incluirá referencias y explicaciones complementarias sobre los importes detallados en las cuentas anuales consolidadas.
Visto el contenido del informe podemos observar que la Responsabilidad Social Corporativa (RSC) y el Compliance han venido para quedarse y cada vez están más presentes en el día a día de las empresas. Es por este motivo, que incorporarlos en la estrategia corporativa de la empresa se está volviendo algo básico.
Tener un sistema de gestión de RSC y Compliance, con políticas de gestión, políticas de due diligence, procedimientos, indicadores que ayuden a medir el desempeño, auditorías, etc., nos ayudará a coordinar y gestionar la información disponible y a obtener la información de una manera más sencilla.
En este sentido, la propia Ley 11/2018 establece que las empresas obligadas deben basarse en marcos nacionales, marcos de la Unión Europea o marcos internacionales para facilitar la información. (EMAS, Pacto Mundial de las Naciones Unidas, norma (SA) 8000, norma (ISO) 26000, Iniciativa Mundial de Presentación de Informes de Sostenibilidad del GRI, etc.).
En Ctaima Legal, somos expertos en asesoramiento sobre normativa que atañe a la actividad de tu empresa. Si estás interesado no dudes en contactar con nuestro Equipo de profesionales.


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