La baja laboral se da cuando un trabajador no puede realizar sus actividades por razones de salud y recibe un subsidio periódico que tiene como finalidad reemplazar el salario que estaría percibiendo si pudiera realizar su actividad profesional.
Durante el periodo de tiempo que dure dicha baja, que será el necesario para que pueda recuperarse, las obligaciones que tiene el trabajador con la empresa cesan, aunque este sigue cotizando.
En España, las contingencias comunes no suponen lo mismo que las laborales en el momento en que se solicita una baja laboral, y tanto las obligaciones de la empresa como del trabajador pueden variar según determinados factores.
Tipos de baja laboral
El tipo de baja laboral o incapacidad temporal dependerá del tipo de circunstancia o enfermedad que haya provocado que el trabajador deba ausentarse de su puesto de trabajo.
A continuación, resumimos qué tipos de baja laboral existen y quién es la entidad que asume el gasto de ese trabajador.
Baja laboral por contingencias comunes
Este tipo de baja son consecuencia de causas naturales, dentro de estos tipos de baja encontramos:
Baja laboral por maternidad
Este tipo de baja otorga una remuneración del 100% durante 16 semanas y se inicia desde el día de nacimiento del bebé. La madre tiene la obligación de tomar al menos seis semanas, el resto, las puede ceder al padre o repartirlas.
Esta remuneración es asumida por la Seguridad Social, y no por la empresa, por lo que la madre debe estar dada de alta independientemente de si está asociada como trabajadora o autónoma.
Baja laboral por paternidad
El permiso de paternidad tiene una duración de 16 semanas y está pensado a favor de la conciliación y el bienestar familiar. Igual que la baja por maternidad, percibirá el 100% de su sueldo, incluyendo las variables salariales previstas antes del nacimiento.
La duración de la licencia por paternidad deberá ser informada a la empresa con 15 días de antelación. El trabajador debe estar obligado a coger al menos dos semanas en el inicio, y el resto pueden encadenarse durante el resto del periodo vigente.
Baja por enfermedad común
Este tipo de baja debe estar certificada por un médico, el cual será el encargado de precisar el periodo estimado de recuperación que va a necesitar el trabajador.
Este tipo de baja no puede superar los 365 días. En el caso de que la recuperación no se produzca en este plazo, debe realizarse la tramitación de una incapacidad permanente. Durante el periodo de una baja por enfermedad común, los tres primeros días corren por cuenta del empleado, teniendo que pagar el salario a la empresa. A partir del cuarto día y hasta el quince, el sueldo es asumido por la compañía, la cual pagará el 60% de la base de cotización del mes previo a la baja laboral.
Si la baja se extiende de 16 a 21 días, será la Seguridad Social quién asuma el sueldo del empleado pagando el 60% de la base de la cotización. Si supera esos días, el porcentaje de retribución asciende al 75% de la base de la cotización.
Baja por contingencias profesionales
Las bajas por contingencias profesionales se generan a raíz de acciones o hechos que han sido producto de la actividad laboral o de la jornada de trabajo. Este tipo de bajas se clasifica formalmente en dos tipos: baja laboral por accidente de trabajo o por enfermedad profesional.
Baja laboral por accidente de trabajo
El desencadenante de la baja debe producirse mientras el trabajador realiza sus funciones laborales. En ese caso, la empresa abonará el 75% de la base reguladora el primer día de la baja (el día que se ha producido el accidente que ha impedido que el trabajador finalice su jornada). A partir del segundo día, el coste de la baja corre a cargo de la mutua.
También se considera baja laboral todo aquel accidente in itinere que sufra el trabajador, es decir, que se produzca durante el desplazamiento al lugar de trabajo o desde el mismo.
Baja por enfermedad profesional
Esta baja se produce cuando el trabajador ve afectada su salud a causa de la actividad laboral que desempeña o se relaciona con factores asociados a ella. Ejemplo de ello podría ser el estar expuesto a sustancias químicas y sufrir algún tipo de enfermedad a causa de ello.
Para determinar este tipo de baja, es necesario que un especialista certifique la enfermedad y los motivos que han sido los causantes de ello para poderla reconocer como tal.
Requisitos de los diferentes tipos de baja laboral
A grandes rasgos, los principales requisitos que debe cumplir el trabajador para pedir una baja laboral son:
- Estar dado de alta o afiliado en la Seguridad Social
- En el caso de que la baja laboral se haya solicitado por enfermedad común, el trabajador tendrá que haber cotizado cómo mínimo 180 días en los últimos 5 años.
- Si, por el contrario, la baja laboral deriva de un accidente o enfermedad profesional, no se requerirá que la persona afectada tenga un periodo mínimo de cotización.
- El trabajador deberá presentar partes de confirmación por parte del médico a lo largo de la baja laboral, de ello dependerá su extensión en el periodo temporal y la gravedad de la enfermedad o el accidente. Si el trabajador está incapacitado para presentar la documentación, podrá hacerlo cualquier otra en su nombre.
- En el momento en que el trabajador presente el alta médica tendrá un periodo de 24 h para reincorporarse a su actividad laboral.
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