El pasado 18 de mayo de 2016 la Agencia de Residus de Catalunya (ARC) publicó una nota informativa en relación a la aplicación en Cataluña del “Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado” con objeto de aclarar cómo se deben gestionarse los residuos, teniendo en cuenta además, el «Decreto Autonómico (D93/199), de 6 de abril, sobre procedimientos de gestión de residuos. «
¿A qué nuevos cambios deben adaptarse las empresas?
1) Contrato del tratamiento de residuos
Se debe disponer de un Contrato privado con cada gestor antes del inicio de los traslados de los residuos según lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 180/2015. Este contrato no se tiene que presentar a la ARC, únicamente estará a disposición de la administración a efectos de vigilancia y control.
2) Fichas de aceptación
Las fichas de aceptación pasarán a tener una vigencia de 3 años. Las fichas tramitadas con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 180/2015 continúan vigentes hasta su caducidad).
3) Hojas de acompañamiento de transporte: Hoja de Seguimiento (HS), Hoja de Seguimiento Itinerante (HI)
Estas hojas, a partir de ahora, cambiarán de formato y se adaptarán a los documentos de identificación que establece el Real Decreto 180/2015 en su Anexo I. Para los residuos que no sea obligatorio, las hojas de seguimiento deberán ir acompañadas de un albarán o factura que recoja lo establecido en el Anexo I del Real Decreto 180/2015.
4) Notificación previa
Será necesario realizar la notificación previa de traslado que tendrá una vigencia de 3 años para:
a) Residuos peligrosos que no necesitan ficha de aceptación según el Decreto 93/1999, de los procedimientos de gestión de residuos
b) Residuos destinados a operaciones de eliminación que no necesitan ficha de aceptación según el Decreto 93/1999, de los procedimientos de gestión de residuos
c) Residuos domésticos mezclados (LER 200301) destinados a recuperación
d) Residuos destinados a instalaciones de incineración clasificadas como basura (R1/V61).
Esta notificación previa se realizará con el formato utilizado hasta ahora para los traslados entre comunidades autónomas, los documentos de control y seguimiento (DCS), hasta que el Ministerio publique los correspondientes formatos. Las notificaciones previas de estos 4 tipos de residuos se pueden sustituir por fichas de aceptación.
Si desea saber cómo pueden afectarle los cambios y modificaciones sobre el etiquetado el traslado de residuos en Cataluña o ampliar información al respecto, en CTAIMA Outsourcing & Consulting SL estaremos a su disposición para ayudarle.