El Consejo de Ministros, aprobó el 16 marzo el nuevo marco regulador del transporte de mercancías peligrosas por carretera, que se enmarca en la prioridad que para el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) supone la seguridad en el transporte como uno de los aspectos esenciales en el desarrollo de la actividad, tanto de viajeros como de mercancías, muy especialmente en el transporte de mercancías peligrosas. la modificación afecta al modo de transporte por carretera y las principales modificaciones que supone el nuevo Acuerdo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR) 2021
En este artículo se analizan las principales novedades del ADR 2021 que serán obligatorias a partir del 1 de julio 2021.
El Acuerdo del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera,
El ADR o acuerdo del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera, es un acuerdo europeo firmado por varios países en Ginebra el 30 de septiembre de 1957 para regular el transporte de mercancías peligrosas por carretera. Entró en vigor el 29 de enero de 1968. Cada 2 años, el Ministerio de Transporte realiza cambios en el acuerdo del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR).
En estos cambios, siempre hay novedades referentes a la documentación, productos, excepciones y un largo etcétera.
¿Qué novedades se han introducido en el ADR 2021?
Entre las novedades que se han introducido en el ADR 2021, destacan las siguientes:
A) Documentación. Carta de porte
- Se clarifica que en la carta de porte la cantidad transportada debe expresarse en volumen, en masa bruta o en masa neta según el caso.
- Si la materia transportada dispone de la mención (-) en la columna 15 de la Tabla A para el código de paso por túneles, es decir, que ninguna categoría de transporte está afectada, hay que poner el símbolo (-) en la carta de porte.
- En la carta de porte de las cisternas portátiles para gases licuados refrigerados habrá que indicar la fecha de finalización del tiempo de retención real (antes solo obligatorio par a los contenedores cisterna)
B) Incorporación de dos nuevas materias:
- Desechos médicos de la categoría A, que afectan a las personas, sólidos, o desechos médicos de la categoría A, que afectan a los animales, únicamente sólidos (número ONU 3549).
- Detonadores electrónicos programables para voladuras (números ONU 0512; 0513 y 0514).
C) Creación de un número nuevo de identificación de peligro, el 836, para su utilización en los paneles naranja; identifica una materia corrosiva o materias débilmente corrosivas, tóxica e inflamable (punto de inflamación de 23 ºC a 60 ºC).
D) Se introducen cambios en las disposiciones especiales:
Disposiciones especiales modificadas
- 188.- Pilas y baterías de litio
- 301.- Artículos o maquinas con mercancías peligrosas
- 327.- Aerosoles y cartuchos de desecho
- 360.- Vehículos movidos con baterías de litio
- 363.- Paso por túneles con maquinaria o motores
- 376.- Baterías de litio dañadas o defectuosas
- 667.- Se aplica también a las baterías de litio instaladas en un motor o maquinaria
- 671.- Estuches de química con solo materias que no tengan grupo de embalaje se les considera como categoría de transporte 2 para el 1.1.3.6
Disposiciones especiales suprimidas
- 556.- Clasificación de las combinaciones organometálicas
- 660.- Sistemas de contención de gases para vehículos automóviles
- 673.- Controles y pruebas periódicas de las botellas sobremoldeadas
Disposiciones especiales nuevas
- 390.- Documentación de los bultos con baterías embaladas con un equipo o instaladas en un equipo
- 393 y 394.- Ensayos para la nitrocelulosa
- 395.- Residuos médicos de la categoría A 675.- Prohibido el transporte en común con materias de la clase 1, excepto las de 1.4.S
E) Se modifican tres disposiciones especiales (S1, S16 y S21) todas ellas en relación con las mercancías peligrosas de alto riesgo, para indicar que estas obligatoriamente deben permanecer bajo una vigilancia constante conforme a su plan de protección.
F) Los antiguos modelos de etiquetas de los bultos, aplicables hasta el 31 de diciembre de 2014, ya no se pueden seguir usando.
G) Desechos médicos
- NUEVA DEFINICIÓN desechos derivados del tratamiento veterinario de animales, del tratamiento médico de seres humanos, o de la investigación biológica.
- Los desechos médicos o clínicos que contengan sustancias infecciosas de la categoría A se asignarán a los UN 2814, 2900 o 3549, según corresponda. Los desechos médicos sólidos que contengan sustancias infecciosas de la categoría A generadas por el tratamiento médico de personas o por el tratamiento veterinario de animales se podrán asignar al UN 3549. El UN 3549 no se utilizará para desechos derivados de la investigación biológica ni para desechos líquidos;
- Los desechos médicos o clínicos que contengan sustancias infecciosas de la categoría B se asignarán al UN 3291.
- Aparecen las dos NUEVOS UN:
- UN 3549 DESECHOS MÉDICOS, DE CATEGORÍA A, QUE AFECTAN A LAS PERSONAS, sólidos
- UN 3549 DESECHOS MÉDICOS, DE CATEGORÍA A, QUE AFECTAN A LOS ANIMALES únicamente, sólidos
- NUEVA INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE para los desechos médicos de la categoría A: P622 y LP622
La Dirección General de Transporte Terrestre ha publicado en su web el ADR 2021 para consulta
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