A partir del 1 de septiembre de 2015 no podrá comercializarse en la Unión Europea (UE) ningún producto biocida que contenga, o genere in situ, sustancias activas cuyo proveedor no esté registrado como fabricante o importador en la Lista de Proveedores de Sustancias Activas de la ECHA (Lista del Artículo 95).

biocidasSi estás interesado en registrarte en la Lista de Proveedores de Sustancias Activas de la ECHA (European Chemical Agency), publicada de acuerdo con el Artículo 95 del Reglamento BPR, como substance supplier o product supplier, dependiendo del rol que desarrolles en la cadena de suministro.

Para ser incluido en esta lista se debe presentar un Expediente completo para la Sustancia Activa, una Carta de Acceso al Expediente, o una refernecia completa a dicho Expediente para el cual hayan expirado los plazos de protección de datos, así como indicar la relación sustancia activa/tipo de producto biocida.

Se destaca también la publicación de la nueva versión del R4BP 3.2, herramienta necesaria para realizar toda aplicación referente a productos biocidas. Esta versión incluye, entre otras, las siguientes mejoras:

  • Solicitud de aplicaciones armonizada y simplificada.
  • Notificaciones por email de eventos importantes a los solicitantes.
  • Posibilidad de delegar o nominar a alguien para actuar en nombre de una empresa.
  • Consolidación de la renovación de reconocimiento mutuo.

Desde CTAIMA TRAMITA podemos proporcionarte más información, así como realizar los trámites necesarios para ser incluido en la Lista del Artículo 95.

Para más información, contacta con nosotros en mdeana@ctaima.com o llámanos al 902 105 163


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