Cuando un empresario contrata a una empresa para la realización de trabajos de la propia actividad, exigirá a tales empresas que le acrediten por escrito que han cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro de trabajo, según fija el art.10 del RD 171/2004 de coordinación de actividades empresariales.
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha juzgado a principios del mes de diciembre a tres empleados de una empresa de transportes acusados de falsificar la firma de otro trabajador en un documento de prevención de riesgos laborales, el cual sufrió un accidente laboral en septiembre de 2011. Tras el accidente inició una causa penal contra la empresa que fue sobreseída. Pero en la tramitación, la compañía aportó una comunicación sobre riesgos laborales, y dos documentos internos según los cuales el trabajador se había negado a firmar la recogida de material de protección –guantes y calzado– y de directrices sobre seguridad. La firma que aparecía en la comunicación, según los peritos, no era del trabajador. E
El Ministerio Fiscal solicita nueve meses de prisión para el representante de la empresa, y siete meses de cárcel para las dos administrativas. El acusado aseguró que él no es el autor de la rúbrica, y que los documentos los aportó la empresa de prevención de riesgos laborales. Pero para el ministerio público él habría sido «el beneficiado» del intento de engaño. Las administrativas también aseguraron que el camionero se negó a firmar la recogida del material, aunque el denunciante nunca vio los papeles, afirmó.La acusación particular ha mantenido que, en aras a mostrar una «apariencia de legalidad», la empresa de transportes aportó a la denuncia sobre el accidente laboral más documentación de la que se le exigía y así se comprobó la supuesta existencia de una firma falsificada.
De lo expuesto con anterioridad se deduce la importancia de, previo a la realización de trabajos, el análisis y control de los registros documentales.