El nuevo Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), que entrará en vigor el 1 de julio de este año, pretende contribuir al objetivo de mejorar de la eficiencia energética del PNIEC
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), ha publicado el día 23 de marzo de 2021, la actualización del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) mediante la modificación del Real Decreto que lo creó.
Esta nueva propuesta del reglamento se alinea con el objetivo del PNIEC de reducir el consumo de energía primaria en un 39,5% en 2030 y de energía final en 36.809,3 toneladas equivalentes de petróleo (Ktep), como medidas para el Objetivo 2030 aprobado por los Estados Miembros de la ONU en 2015.
El reglamento, que marca las exigencias de eficiencia energética que deben cumplir las instalaciones térmicas de los edificios, seguirá apostando por el principio de neutralidad tecnológica, sin obligar al uso de una determinada técnica o material, ni evitar la introducción de nuevas tecnologías.
En los últimos años, el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, y el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios se ha visto modificado parcialmente a través de los siguientes reales decretos:
- Real Decreto 1826/2009, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, que introdujo varias medidas contempladas Plan de Activación del Ahorro y la Eficiencia Energética 2008-2011.
- Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo, por el que se adaptan determinadas disposiciones en materia de energía y minas a lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
- Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, que transponía parcialmente la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios.
- Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía.
La modificación de este Real Decreto quiere alinear el RITE con las directivas europeas relacionadas con la eficiencia energética, en concreto se adaptará al contenido de la Directiva (UE) 2018/2001, relativa al uso de energía procedente de fuentes renovables, y traspone parcialmente otras directivas europeas como la Directiva (UE) 2018/844 y la Directiva (UE) 2018/2002.
Modificaciones en el RITE 2021
Esta adaptación a las directivas europeas introduce nuevas definiciones en el Reglamento y modifica algunas de las ya existentes. En concreto, esta modificación incluye más de 70 modificaciones y/o nuevas redacciones.
Entre las más destacadas encontramos las siguientes:
- Se modifica el índice del Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios
- Se modifica el Artículo 2. Ámbito de aplicación
- Se modifica el Artículo 9. Términos y definiciones
- Se modifica el Artículo 10. Exigencias técnicas de las instalaciones térmicas
- Se modifica el Artículo 12. Eficiencia energética, energías renovables y energías residuales.
Novedades destacadas del RITE 2021
Impulso de energías renovables
Una de las novedades más destacadas es el impulso para la incorporación de energías renovables en los edificios, que, en caso de reforma o nueva obra, el técnico deberá proponer instalaciones alternativas y plantear el remplazo de equipos fósiles por renovables. En caso de no apostar por estas energías renovables, el RITE obliga a justificar la instalación de sistemas térmicos convencionales.
Esta justificación deberá presentarse adjuntando un informe de comparativa entre el sistema elegido y otras alternativas.
Mayor transparencia
Otra de las novedades que incorpora es la de informar a los clientes o usuarios de los edificios de más de 1000 metros cuadrados destinados a usos administrativos, comerciales, etc, sobre el consumo que ha tenido estos edificios durante los últimos años.
Se pretende mejorar la información disponible para que se propongan soluciones más eficientes.
Edificios inteligentes
La nueva norma apuesta por la digitalización de los edificios no residenciales con grandes consumos, como pueden ser hoteles, centros comerciales o aquellos con una potencia útil nominal de climatización superior a 290 kW.
El objetivo es que este tipo de edificios empiecen a virar hacia los Smart Buildings, o edificios inteligentes, lo que contribuiría a la disminución del consumo energético y de la emisión de los gases de efecto invernadero.
Inspecciones de las instalaciones térmicas
Con las modificaciones, también se ve afectado el régimen de inspecciones, que a partir de ahora solo se inspeccionaran periódicamente los sistemas de calefacción y las instalaciones combinadas de calefacción, ventilación y agua caliente sanitaria con una potencia útil nominal mayor de 70 kilovatios (kW).
Estas inspecciones periódicas se aplicarán también a los sistemas de aire acondicionado y las instalaciones combinadas de aire acondicionado y ventilación.
Contadores de agua caliente en redes urbanas
Otra novedad destacable recae en los contadores de agua caliente para redes urbanas, el reparto del coste de agua caliente y la información sobre la facturación.
En este sentido, los contadores de agua caliente sanitaria de uso común compartido en instalaciones posteriores a esta modificación deberán disponer de un servicio de lectura remota que permita la liquidación individual de los costes en base al consumo.
La empresa encargada del servicio deberá aclarar antes de la firma del contrato, si las tecnologías utilizadas para los servicios de lectura de consumo permiten la posibilidad de un cambio en el proveedor de este servicio sin necesidad de incurrir en gastos adicionales.
La distribución de los costes ligados a la información sobre el consumo individual se llevará a cabo sin fines lucrativos. La atribución de esa tarea a un tercero podrá repercutir sobre los usuarios finales siempre que se ajusten a los estándares de mercado.
Resumen de principales obligaciones que te aplicarán a partir del 1 de julio
Con la entrada en vigor de la modificación del RITE se introducirán nuevos aspectos tales como:
- Obligación de justificar la instalación de sistemas térmicos convencionales en lugar de otros más eficientes y sostenibles
- Modificación del régimen de inspecciones de instalaciones térmicas en edificios. Sólo serán inspeccionados periódicamente los sistemas de calefacción y las instalaciones combinadas de calefacción, ventilación y agua caliente sanitaria con una potencia útil nominal mayor de 70 kilovatios (kW).
- obligación a que los edificios con grandes consumos den el primer paso para convertirse en edificios inteligentes que contribuyan a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI)
- Nuevas exigencias de eficiencia energética y seguridad que deben cumplir las instalaciones térmicas en los edificios
- Fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables en el sector de la calefacción y la refrigeración
- Diseño de sistemas eficientes que permitan la recuperación energética y la utilización de las energías renovables y de las energías residuales.
Esta norma y modificación consecuente surtirán efecto a partir del 1 de julio de 2021.
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