Las empresas pueden optar a las ayudas con proyectos de I+D que los ayuden a implantar la economía circular en sus procesos o desarrollar tecnología innovadora para terceros.
Qué se subvenciona?
Los Nuclis de R+D (investigación industrial y desarrollo experimental) empresarial son una ayuda a fondo perdida destinado a financiar nuevos productos o servicios tecnológicos de alto riesgo que respondan a las necesidades del mercado. Con esta subvención se quiere apoyar al desarrollo de Proyectos de investigación y desarrollo (I+D) que tienen que contribuir al incremento de inversión en R+D en Cataluña en economía circular en el ámbito de los residuos.
Esta convocatoria tiene dos categorías:
- Proyectos de I+D donde el producto/servicio/tecnología podrá ser utilizado dentro del proceso productivo del propio solicitante
- Proyectos de I+D donde el producto/servicio/tecnología diseñado es para implantar a un tercero.
¿Quién puede ser beneficiario?
Podrán ser beneficiarios las empresas con experiencia y capacidad (infraestructura y económica) para hacer internamente la I+D en Cataluña, y que como mínimo tengan 4 años de vida a fecha de la solicitud de la ayuda.
¿Cuáles son los requisitos específicos?
Los proyectos de R+D tienen que estar relacionados con la generación y gestión de los residuos y comportar nuevos procesos o la mejora tecnológica de los ya existentes, que aporten un salto tecnológico (Technology Readiness Levels, TRL) comprendido entre el nivel TRL 3 y 7. Proyectos de R+D presentados una empresa con establecimiento operativo en Cataluña y las actividades objeto de ayuda tendrán que llevarse a cabo en Cataluña.
Todos proyectos tendrán que ser técnica y financieramente viables.
Los proyectos tendrán que estar enmarcados dentro de los sectores y las tecnologías facilitadoras transversales identificadas en la estrategia de especialización RIS3CAT: https://catalunya2020.gencat.cat/ca/estrategies/ris3cat/
Los proyectos de R+D podrán contar con la participación de Entidades cooperadoras. Estas entidades no serán consideradas beneficiarías de la ayuda, pero podrán participar apoyando en algo que suba reforzar algún aspecto del proyecto o bien que resulte de interés para esta entidad y por el proyecto. Estas deberán tener establecimiento operativo en Cataluña o bien en algunos de los siguientes países: Alemania, Reino Unido, Países Bajos, Dinamarca, Finlandia y Canadá. La participación de estas entidades se tendrá que acreditar mediante una carta firmada por estas. Las Entidades cooperadoras no serán beneficiarios de la ayuda. El proyecto debe tener un gasto subvencionable mínimo aceptada de 150.000 euros de gasto elegible aceptado por proyecto.
¿Cuál es el período de presentación de la solicitud?
La presentación de la solicitud será a partir del día siguiente de la publicación de la Convocatoria y hasta el día 29 de setiembre.
¿Qué gastos son subvencionables?
Gastos de personal técnico contratado en que estén dedicados a tareas de carácter técnico del proyecto: Investigadores, técnicos y personal auxiliar.
Para todo el personal técnico se podrá imputar una dedicación máxima del 80% de su jornada laboral. Gastos de colaboraciones externas/Subcontrataciones, entre otros: Gastos de investigación o desarrollo tecnológico contractual, Contratación externa para tareas de ingeniería o diseño y/o Ensayos y pruebas de laboratorio.
El conjunto de los gastos de la partida de colaboraciones externas no podrá superar el 50% del total del gasto subvencionable aceptado. Otros gastos, material fungible u otro material necesario para la construcción de prototipos, realizar ensayos, etc. Gasto por la realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación de la actuación subvencionada (máximo 2 justificaciones por proyecto, importe máx. por justificación 1.500 euros). Costes indirectos, se podrá imputar en concepto de gasto indirecto, un 7% de los gastos directos de personal subvencionables El proyecto debe tener un gasto subvencionable mínimo aceptada de 150.000 euros por proyecto.
¿Cuál es el plazo de ejecución de la actuación subvencionable?
Periodo de ejecución de los proyectos de R+D objeto de la actuación será a partir de la fecha de presentación de la solicitud de subvención y tendrán que finalizar en un máximo de 3 años después de esta fecha. No existe la posibilidad de solicitar una ampliación del plazo de ejecución del proyecto.
¿Cuál es el importe de la ayuda?
Las intensidades máximas de ayuda por proyecto de I+D serán las siguientes:
– Para las Actividades de investigación industrial:
- Pequeña empresa: 70%,
- Mediana empresa: 60%
- Gran empresa: 50%
– Para Actividades de desarrollo experimental:
- Pequeña empresa: 45%
- Mediana empresa: 35%
- Gran empresa: 25%
– Auditorías: 100%
Otros aspectos:
– La intensidad de ayuda será calculada en función de la tipología de las actividades (I o D) necesarias para la ejecución técnica del proyecto.
– Ayuda máxima 150.000 euros por proyecto.
– El gasto realizado y correctamente justificado deberá ser de 150.000 euros y/o el 60% del coste subvencionado aceptado.
¿Cuáles son los criterios de valoración?
El procedimiento de concesión de la ayuda será en régimen de concurrencia competitiva, y teniendo en cuenta los siguientes criterios. Se comienda revisar el punto 8.1 de la OB donde se indican los subcriterios de cada Bloque:
– Bloque I. Valor tecnológico: Calidad científica y tecnológica del proyecto (Puntuación 200 puntos (Puntuación mín. 100))
– Bloque II. Implementación: Estructura, gestión y capacidades (Puntuación: 100 puntos (Puntuación mín. 50))
– Bloque III. Impacto del proyecto (Puntuación: 200 puntos (Puntuación mín. 100))
Importante tener en cuenta que solo serán elegibles los proyectos que obtengan:
– la puntuación total en la evaluación mínima de 250 puntos
– la puntuación mínima que se establece en cada uno de los Bloques del Criterios (I, II e III).
¿Cuáles son los trámites?
Solicitud de la ayuda: Para acogerse a estas subvenciones, las solicitudes deben ser presentadas telemáticamente desde la página web de ACCIÓ y mediante los formularios normalizados establecidos y dentro del plazo que indica la convocatoria. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no se admitirán a trámite.
¿Qué documentación se debe aportar?
Solicitud de ayuda: La solicitud, incluye:
– Memoria técnica del proyecto según modelo disponible en la web de ACCIÓ (accio.gencat.cat). Se recomienda que la extensión no sea de 30 páginas. Esta memoria deberá incluir en Anexos:
– Ficha de resumen executivo del proyecto
– Si aplica, carta signada por las entidades cooperadoras.
– Presupuesto completo y detallado del proyecto según modelo disponible en la web de ACCIÓ.
– Declaración de las ayudas recibidas en concepto de mínimos en los últimos tres años, según el modelo disponible en la web de ACCIÓ
Referencia Legal
RESOLUCIÓN EMC/1767/2020, de 17 de julio, por la que se abre la convocatoria para el año 2020 de la línea de subvenciones a Núcleos de investigación industrial y desarrollo experimental que incentiven la realización de actividades de investigación industrial y desarrollo experimental en proyectos de Economía Circular, específicamente en el ámbito de los residuos