Un recurso preventivo es una figura encargada de velar por la seguridad y salud de los trabajadores en el ámbito laboral. Se trata de una persona que cuenta con formación especializada en prevención de riesgos laborales y que tiene la responsabilidad de coordinar y supervisar la implantación de medidas preventivas en el centro de trabajo.
¿Cuándo es necesaria la presencia de un recurso preventivo?
La presencia de recursos preventivos es necesaria en diferentes situaciones, tales como:
a) Cuando las operaciones en el centro de trabajo puedan agravar o modificar los riesgos existentes y requieran el control de los métodos de trabajo aplicados.
b) Cuando se realicen actividades o procesos considerados peligrosos o con riesgos especiales, tal y como se establece en el artículo 22.bis.b) del Real Decreto 39/1997. En el sector de la construcción, estos riesgos están recogidos en el artículo 2.1.b) y Anexo II del Real Decreto 1627/1997.
c) Cuando la Inspección de Trabajo y Seguridad Social así lo requiera, debido a las condiciones de trabajo detectadas.
La evaluación de riesgos debe identificar estos riesgos en el primer caso y los trabajos del puesto asociados a las actividades peligrosas en el segundo caso. La presencia de recursos preventivos se establecerá en la planificación de la actividad. En el caso de las obras de construcción, la presencia de recursos preventivos está determinada por el Plan de Seguridad y Salud.
¿Quién designa al recurso preventivo?
La responsabilidad de designar los recursos preventivos recae sobre la empresa o empresas que lleven a cabo las operaciones o actividades peligrosas, es decir, aquellas que generen el riesgo.
Cabe destacar, aquellas situaciones de concurrencia de trabajos en las que se debe designar Recursos Preventivos.
En el sector de la construcción, esta responsabilidad recae sobre las empresas contratistas.
Si la evaluación de riesgos no contempla las situaciones de riesgo detectadas, se debe revisar y modificar la planificación de la actividad preventiva correspondiente. Cuando existan varios recursos preventivos pertenecientes a distintas empresas, es necesario coordinarlos entre sí.
¿Qué responsabilidad tiene un recurso preventivo?
El recurso preventivo en prevención de riesgos laborales tiene la responsabilidad de coordinar y supervisar la implantación de medidas preventivas en el centro de trabajo, así como de vigilar su cumplimiento y de informar a los trabajadores sobre los riesgos asociados a su actividad laboral.
¿Es lo mismo el Recurso Preventivo que el Coordinador de Actividades Empresariales?
En este webinar hemos resumido, todo lo que necesitas saber acerca de la figura del Recurso Preventivo y el Coordinador de Actividades Empresariales.
¿Qué formación tiene que tener un recurso preventivo?
Un recurso preventivo debe contar con una formación específica en prevención de riesgos laborales que le capacite para desempeñar sus funciones. Además, es importante que tenga conocimientos en la normativa de prevención de riesgos laborales y en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo.
¿Qué Ley introduce la figura de recurso preventivo?
El artículo 32 bis de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) incorporó la figura del recurso preventivo para vigilar el cumplimiento y eficacia de las actividades preventivas, como complemento a las medidas técnicas tradicionales. Y se detallan sus funciones, responsabilidades y marco normativo en la Ley 54/2003, de 12 de diciembre.
El Real Decreto 39/1997 regula los recursos preventivos en su artículo 22 bis y establece su obligatoriedad en determinados casos, como cuando los riesgos pueden agravarse por la concurrencia de operaciones diversas o cuando se realizan actividades o procesos considerados peligrosos o con riesgos especiales.
En 2004 se aprobó el Real Decreto 171/2004 que establece, en el artículo 13.4, cuando los recursos preventivos de la empresa deben estar presentes en el centro de trabajo.
¿Quién puede ejercer como recurso preventivo?
La figura del recurso preventivo puede ser un trabajador designado de la empresa, un miembro del servicio de prevención propio de la empresa o un miembro de un servicio de prevención ajeno concertado por la empresa. Además, en algunos casos, el empresario puede asignar esta función a un trabajador de la empresa que tenga los conocimientos, la cualificación y la formación necesarios para desempeñar esta tarea.
¿Cuándo es obligatorio contar con un recurso preventivo?
Es obligatorio contar con un recurso preventivo en situaciones donde los riesgos puedan agravarse o modificarse por la concurrencia de operaciones diversas, cuando se realizan actividades o procesos peligrosos o cuando la Inspección de Trabajo y Seguridad Social lo requiera debido a las condiciones de trabajo detectadas.
- Los recursos preventivos son obligatorios en ciertos casos para llevar a cabo la vigilancia y deben seguir los puntos 4, 5 y 6 del artículo 22 bis del RD 39/1997.
- En otros casos, el Real Decreto 171/2004 permite que se utilicen como una forma de coordinación de las actividades empresariales.
- En el sector de la construcción, según la DA 14ª de la LPRL, cada contratista es responsable de contar con recursos preventivos para supervisar el cumplimiento del plan de seguridad y salud en el trabajo. En este sector, los medios de coordinación serán los establecidos en el RD 1627/1997 y en la DA 14ª de la LPRL, además de otros complementarios que puedan establecer las empresas concurrentes en cada obra, según lo establecido en la DA 1ª del RD 171/2004.
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