Los accidentes in itinere son una categoría de siniestros laborales que cada vez van más en aumento. Los datos publicados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social en su Estadística de accidentes de trabajo, en el año 2021, arrojan un total de 601.123 accidentes de trabajo con baja de los cuales 65.342 fueron accidentes de tráfico i10.9% del toral.
En 2021 según indica el “Informe de accidentes laborales de tráfico 2021” del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo se registró un total de 65342 accidentes de tráfico, que representan un 10.8% de accidentes laborales con baja. De estos, 20.622 fueron accidentes laborales de tráfico y 44.720 accidentes de trabajo in itinere, aumentando un 23.7% respecto al 2020.
El accidente de tráfico e in itinere es la segunda causa de mortalidad laboral en nuestro país, precedida de los infartos y los derrames cerebrales: 216 personas trabajadoras murieron en 2021 por accidentes laborales de tráfico. 100 de estos, se sucedieron en la jornada laboral, aumentando en un 17.6%. 116 muertes fueron en in itinere con un aumento de 5.5%.
¿Qué es un accidente in itinere?
La Ley General de la Seguridad social entiende en su artículo 156, que un accidente in itinere es aquel que se produce cuando un trabajador se desplaza desde su domicilio hasta su puesto de trabajo o a la inversa. Este incluye el desplazamiento en cualquier medio de transporte ya sea vehículo propio, transporte público o a pie.
La principal diferencia entre un accidente laboral y uno in itinere es la ubicación de lo sucedido. En un accidente in itinere el trabajador se encuentra fuera del entorno de la empresa, más concretamente en el transcurso hacia esta. En cambio, un accidente laboral sí que se produce dentro del lugar donde desarrolla la actividad.
A efectos legales ambos sucesos garantizan los mismos derechos, es decir, aquellos trabajadores que tengan un accidente de camino al trabajo tendrán la misma protección legal que aquellos que lo hagan sufrido dentro de la empresa.
Un accidente de tráfico en jornada laboral es aquel que se produce durante la jornada laboral por motivos de trabajo. También se denomina accidente en misión.
¿Qué requisitos ha de tener un accidente de tráfico para que sea “in itinere”?
Según el artículo 15 de la Ley General de la Seguridad Social se considera que será un accidente in itinere aquel que el trabajador sufra al ir o al volver de su lugar de trabajo.
El accidente de tráfico deberá cumplir básicamente los siguientes elementos:
- Que el desplazamiento ocurra en el camino de ida o vuelta al trabajo
- Que no se produzcan interrupciones al desplazarse entre el lugar de trabajo y el accidente
- Que el desplazamiento sea en el itinerario habitual
- Que el desplazamiento se realice con un medio normal o idóneo
Causas que, en muchas ocasiones, son determinadas en proceso judicial.
Factores para que un accidente laboral se considere in itinere
A continuación, desarrollamos los factores que deben darse para que se considere como tal:
Requisitos teológicos
Este requisito, tiene en cuenta la causa por la que se ha llevado el desplazamiento, esta debe ser siempre la de ir a trabajar. Es decir, la intención inicial de la persona que ha sufrido el accidente debe ser la de prestación de servicios a la empresa para la que trabaja.
Requisito topográfico
Este es el criterio que manifiesta qué este tipo de accidentes deben darse en el transcurso del desplazamiento de ida o vuelta al puesto de trabajo. También se conoce como geográfico o espacial y define los tres elementos clave que el accidente debe tener:
- Trabajo: este engloba no solamente la oficina o el puesto de trabajo en sí, también todos aquellos lugares en los que se vaya a realizar alguna actividad laboral relacionada con el puesto.
- Domicilio: este sería el lugar (residencia, espacio privado, etc.) desde el que va o vuelve el trabajador.
- Trayecto: es el recorrido que realiza el trabajador de forma habitual para llegar o volver de su puesto.
Requisito cronológico
Según este requisito el accidente se debe producir durante el tiempo en el que normalmente el trabador lleva a cabo su trayecto. No debe haber alteraciones en el recorrido o lapsos de tiempo que no tengan justificación. Si esto sucede la relación entre el domicilio y el trabajo se rompe.
Requisito de medios
Para que un accidente se considere in itinere el trayecto se debe realizar con el medio de transporte normal o idóneo. En los últimos años, con el uso de otros medios como los patinetes o bicicleta de alquiler de uso extendido en grandes ciudades, los tribunales han reiterado en este concepto
Baja e indemnización por causas de un accidente in itinere
Quienes hayan sufrido un accidente in itinere tienen derecho a cobrar una indemnización económica que empezará a contar desde el momento en el que tiene lugar el accidente y hasta que se reciba el alta médica.
No obstante, dependiendo de la gravedad de las lesiones que la persona haya sufrido la cifra de la indemnización aumentará o disminuirá. Irá directamente relacionada con la pérdida de la calidad de vida que haya sufrido el trabajador tras el suceso.
En el caso de que sea un accidente de tráfico el empleado recibirá indemnización, si no es el conductor culpable del incidente. Si es un accidente laboral el empleado no podrá recibir una indemnización por responsabilidad civil pero sí por lesiones permanentes o no invalidantes.
¿Cuándo puede durar una baja por accidente laboral in itinere?
Estas bajas empiezan a contar desde el día del accidente, pero no se sabe cuando van a terminar puesto que cada lesión necesita un tiempo u otro. Durante el periodo de tiempo que dure la baja, además de la indemnización que reciba el trabajador tendrá derecho a una prestación por incapacidad temporal, permitiéndole así recibir el 100% de su base reguladora.
¿Cuánto se puede llegar a cobrar por un accidente in itinere?
Las indemnizaciones contempladas en el baremo de accidentes de tráfico se han incrementado en un 2.5% respecto al 2022
Por cada día que esté de baja, el trabajador cobrará 32.4 desde el día en que sucedió el accidente. Pero, como hemos comentado antes, esta cantidad puede variar en consecuencia de:
- Pérdida de la calidad de vida moderada: 56.15 € al día
- Pérdida de la calidad de vida grave: 81 € al día, cubriendo los días de hospitalización.
- Pérdida de calidad de vida muy grave: 107.98 € al día y cubriendo además los gastos médicos.
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