El Ministerio de Industria, Energía y Turismo está trabajando en la redacción de un nuevo Reglamento de Instalaciones contra incendios que sustituirá el actual Real Decreto 1942/1993.
ExtintoresEl actual reglamento regula los aspectos a tener en cuenta en el diseño, instalación y mantenimiento de los sistemas de protección activa contra incendios. Después de 20 años, el Gobierno considera oportuno revisar esta normativa y actualmente está trabajando en la redacción del nuevo Reglamento de Instalaciones contra incendios que sustituirá y derogará al anterior.
En el proyecto del nuevo reglamento se establecen los criterios de diseño de las instalaciones de Protección Contra Incendios (PCI), así como las normas de diseño y homologación de los equipos a instalar; asimismo, se definen periodicidades, criterios y tareas a realizar en los mantenimientos preventivos. Así, se destaca que se actualizan las tablas I y II con nuevos mantenimientos y se añade una tercera tabla III con revisiones específicas con un programa de mantenimiento anual y quinquenal de los sistemas de señalización luminiscente. Conviene tener en cuenta que los sistemas ya instalados deberán adecuarse a los nuevos mantenimientos exigidos por este Reglamento en el plazo máximo de un año desde su entrada en vigor.
Otra novedad a destacar es el sometimiento de la instalación a una inspección técnica a los 10 años de su puesta en Servicio (con ciertas excepciones para pequeños edificios). Para instalaciones existentes con más de 10 años de antigüedad se les da un plazo de un año para realizar la primera inspección.
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