El pasado 1 de agosto entró en vigor la Ley 28/2015 para la Defensa de la Calidad Alimentaria, que actualiza y armoniza la legislación en materia de calidad alimentaria, adaptándose a las directrices de la U.E y reforzando las exigencias para todos los operadores de la cadena alimentaria y con ello el control oficial y las sanciones por incumplimiento.
Esta nueva ley tiene como fines proteger los derechos de los operadores de la industria alimentaria frente a la competencia desleal y frenar el fraude alimentario mediante:
- Regulación de los sistemas de control. Sin perjuicio del control oficial establecido en el ámbito de la Unión Europea, el control de la calidad se realizará según las siguientes modalidades:
a) Control oficial realizado por la autoridad competente.
b) Autocontrol del operador, que podrá ser verificado por entidades de inspección y certificación acreditadas.
c) Autocontrol establecido por una asociación sectorial concreta, en su caso, sobre los operadores de su ámbito sectorial.
d) Autocontrol establecido por una cooperativa, en su caso, sobre sus asociados. - Establecimiento del nuevo régimen sancionador básico aplicable en materia de control de la calidad alimentaria de las infracciones cometidas por los operadores en relación con la legislación alimentaria clasificadas en los grupos de leves, graves y muy graves, fijando los límites siguientes:
a) Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o multa de hasta 4.000 €.
b) Las infracciones graves serán sancionadas con multa entre 4.001 y 150.000 €.
c) Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa entre 150.001 y 3.000.000 €.
Descargue del BOE LEY DE CALIDAD ALIMENTARIA
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