Se ha publicado la orden SND/325/2020, de 6 de abril, por la que se establecen criterios interpretativos y se prorroga la validez de los certificados de verificaciones y mantenimientos preventivos establecidos en la regulación de seguridad industrial y metrológica
El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece una serie de medidas que afectan a los sectores industriales, que se consideran necesarias para combatir esta pandemia en Españas. De acuerdo con lo anterior y con el objetivo de proporcionar seguridad jurídica a los sectores industriales, esta orden ministerial establece en los artículos 1 y 2 una prórroga automática, hasta los treinta días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma de los certificados expedidos con base en las verificaciones o mantenimientos periódicos en el ámbito de la seguridad industrial y de los certificados expedidos por los organismos designados para efectuar el control metrológico del Estado, cuyo periodo de vigencia finalice durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas.
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